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SJF · Tesis

Cuando los agravios de la autoridad recurrente contra las sentencias del Tribunal Fiscal de la Federación resultan fundados, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe estudiar los conceptos de anulación no analizados por las instancias inferiores para evitar la indefensión de la parte actora, en virtud de que el recurso de revisión fiscal se rige por los trámites de la Ley de Amparo para la revisión del amparo indirecto.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 ene 1981
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

Cuando los agravios de la autoridad recurrente contra las sentencias del Tribunal Fiscal de la Federación resultan fundados, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación debe estudiar los conceptos de anulación no analizados por las instancias inferiores para evitar la indefensión de la parte actora, en virtud de que el recurso de revisión fiscal se rige por los trámites de la Ley de Amparo para la revisión del amparo indirecto.

Resumen

La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación establece que si los agravios de una autoridad en una revisión fiscal son fundados, la Sala debe analizar los conceptos de anulación que no fueron estudiados por el Tribunal Fiscal de la Federación o su Pleno. Esto se hace para evitar dejar en estado de indefensión a la parte actora, ya que el recurso de revisión fiscal sigue los procedimientos de la Ley de Amparo para la revisión del amparo indirecto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.