La imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa debe ser analizada bajo el principio de proporcionalidad, a fin de garantizar el derecho a la libertad personal del gobernado.
El Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Querétaro, en el expediente 1709/2025, resolvió sobre la detención y vinculación a proceso de un individuo. Si bien negó el amparo respecto a la calificación de la detención y el auto de vinculación a proceso, concedió el amparo y protección de la justicia federal en relación con la imposición de la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa. La concesión se fundamenta en la necesidad de analizar dicha medida bajo el principio de proporcionalidad, salvaguardando así el derecho a la libertad personal del gobernado.
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