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SJF · Tesis

La renuencia injustificada de un tribunal de apelación a estudiar parte de los agravios expuestos por los inconformes en la sentencia de primer grado, constituye una violación procesal que, de reclamarse en amparo, debe conducir al otorgamiento de la protección constitucional, máxime si los agravios omitidos se dirigieron a impugnar el fundamento esencial de la resolución recurrida.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
1 sep 1994
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La renuencia injustificada de un tribunal de apelación a estudiar parte de los agravios expuestos por los inconformes en la sentencia de primer grado, constituye una violación procesal que, de reclamarse en amparo, debe conducir al otorgamiento de la protección constitucional, máxime si los agravios omitidos se dirigieron a impugnar el fundamento esencial de la resolución recurrida.

Resumen

El presente criterio establece que la omisión injustificada de un tribunal de alzada de analizar agravios presentados por una de las partes es motivo suficiente para conceder el amparo. Esto es especialmente relevante cuando los agravios no estudiados son fundamentales para la resolución del litigio. Si bien es aceptable no analizar agravios secundarios cuya validez depende de los principales, la omisión de los agravios principales es inaceptable y viola las formalidades del procedimiento.

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