InvestigaciónDocumento
En línea
920/2026Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Querétaro

La inexistencia del acto reclamado y la falta de demostración de la licitud de los recursos son motivos suficientes para negar la suspensión definitiva de actos que impliquen el bloqueo de cuentas bancarias.

Expediente
920/2026
Tribunal
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativo y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Querétaro
Ponente
Arlene Segura Madueño
Fecha
27 may 2026
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La inexistencia del acto reclamado y la falta de demostración de la licitud de los recursos son motivos suficientes para negar la suspensión definitiva de actos que impliquen el bloqueo de cuentas bancarias.

Resumen

Se niega la suspensión definitiva solicitada por el promovente, al considerar que el acto reclamado, consistente en el bloqueo de cuentas bancarias, no existe. Adicionalmente, se determina que el quejoso no acreditó la licitud de los recursos, lo cual es un requisito para la procedencia de la medida cautelar. Por lo tanto, el cuaderno incidental es destruible.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.