La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que la participación del Ejecutivo local en la creación de decretos impugnados es susceptible de análisis en controversia constitucional, al no actualizarse causales de improcedencia.
La Suprema Corte analiza la procedencia de una controversia constitucional contra decretos emitidos por el Ejecutivo local. Considera que la participación del Ejecutivo en la creación de dichos decretos no actualiza una causal de improcedencia, pues su actuación es materia de análisis en este medio de control constitucional. Por lo tanto, la Corte procede a analizar la constitucionalidad de las disposiciones impugnadas, verificando si las cuotas fijadas se basan en criterios objetivos y razonables, y si el legislador realizó la motivación reforzada requerida.
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