Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito· tema sin holding extraído
Se niega el amparo pues, la quejosa no demostró que el impuesto al valor agregado haya sido trasladado con motivo del reembolso, pues en sus sistemas institucionales no encontró pagos del impuesto al valor agregado, lo que no combate eficazmente y tampoco ofreció pruebas para sostener que hubiera pagado ese impuesto a la autoridad fiscal.
Expediente
376/2022
Tribunal
Décimo Octavo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito
Ponente
Joel Carranco Zúñiga
Fecha
22 nov 2023
Materia
administrativa
Sentido
Tema · autorreporte del tribunal
Se niega el amparo pues, la quejosa no demostró que el impuesto al valor agregado haya sido trasladado con motivo del reembolso, pues en sus sistemas institucionales no encontró pagos del impuesto al valor agregado, lo que no combate eficazmente y tampoco ofreció pruebas para sostener que hubiera pagado ese impuesto a la autoridad fiscal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.