La afectación de las participaciones federales a una entidad federativa o municipio, para cubrir un adeudo, requiere la previa confirmación de la mora en el cumplimiento de la obligación, como requisito indispensable para su procedencia.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia de la afectación de participaciones federales para cubrir un adeudo al FOVISSSTE. Se establece que, para que dicha afectación sea legal, la autoridad hacendaria debe confirmar previamente la existencia de mora en el pago por parte de la entidad federativa o municipio deudor. Esta confirmación es un requisito indispensable para garantizar la certeza y seguridad jurídica del deudor, permitiéndole ejercer su derecho de defensa.
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