El municipio carece de interés legítimo para impugnar normas de distribución de participaciones federales que inciden en la hacienda municipal, cuando la competencia para emitirlas recae en el ámbito de la Federación.
El municipio actor impugnó un decreto estatal sobre la distribución de participaciones federales, argumentando que el uso del censo del año 2000 en lugar del de 2020 vulneraba los principios de libre administración e integridad de su hacienda. La Suprema Corte determinó que el municipio carece de interés legítimo para impugnar dicha norma, ya que la facultad de establecer los elementos de distribución de participaciones federales corresponde a la Federación, no a los estados o municipios.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.