La ausencia de querella por desocupación o desaparición del domicilio fiscal, sin aviso de cambio, procede si el contribuyente subsana la omisión o informa a la autoridad antes de que esta lo descubra o medie requerimiento, o si conserva otros establecimientos manifestados.
El presente extracto aborda las causales para la formulación de querella por parte de las autoridades fiscales, específicamente cuando un contribuyente desocupa o desaparece de su domicilio fiscal sin presentar el aviso de cambio correspondiente. Se establece que no se formulará querella si el contribuyente subsana la omisión o informa a la autoridad antes de que esta lo descubra o medie un requerimiento, orden de visita o cualquier otra gestión notificada. Asimismo, se contempla la excepción si el contribuyente conserva otros establecimientos manifestados ante el registro federal de contribuyentes.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.