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3891/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PRIMERA SALA

La impugnación de un precepto legal por vicios propios, como la falta de taxatividad, debe ser analizada en la vía de amparo directo, sin que sea necesario que la inconstitucionalidad derive de la interpretación de un precepto de la Constitución.

Expediente
3891/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ
Fecha
23 oct 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La impugnación de un precepto legal por vicios propios, como la falta de taxatividad, debe ser analizada en la vía de amparo directo, sin que sea necesario que la inconstitucionalidad derive de la interpretación de un precepto de la Constitución.

Resumen

El asunto se origina en un juicio de amparo directo donde se impugnó el artículo 213, fracción IV, de la Ley de la Propiedad Industrial (abrogada) por considerarlo violatorio del principio de taxatividad. El tribunal colegiado negó el amparo, lo que llevó a la interposición de un recurso de revisión principal por parte de la quejosa, con adhesión de la tercera interesada. La Suprema Corte analiza la competencia del tribunal para conocer de la revisión y la oportunidad de su interposición, sentando las bases para el estudio de fondo del asunto.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.