El cobro de derechos por el uso u ocupación de la vía pública para estacionamiento de vehículos de servicio público o comercial, así como el cobro de tarifas por expedición de copias de documentos que no son congruentes con el costo real de su prestación, contravienen los principios de certeza, seguridad jurídica y justicia tributaria.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la constitucionalidad de diversas disposiciones de las Leyes de Ingresos de municipios de Michoacán para el ejercicio fiscal 2024. Se impugnan los cobros por uso de vía pública para estacionamiento y por expedición de copias de documentos, argumentando que vulneran los principios de certeza, seguridad jurídica y justicia tributaria al no ser congruentes con los costos reales de los servicios. Adicionalmente, se cuestionan las tarifas por documentos solicitados conforme a la Ley de Transparencia, por transgredir el principio de gratuidad de la información pública.
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