La dependencia de una entidad federativa respecto de otra no se presume, sino que debe ser demostrada a través de la acreditación de una afectación específica a sus facultades o competencias.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la naturaleza de la dependencia entre entidades federativas. Sostiene que la dependencia no es una situación inherente o permanente, sino contingente y sujeta a la voluntad de la entidad dependiente. Para que se configure una afectación por dependencia, la entidad que la alega debe demostrar de manera específica cómo sus facultades o competencias se ven mermadas, y no basta con manifestaciones genéricas sobre la existencia de dichas facultades.
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