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519/2019OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La compensación de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado sólo procede contra el mismo impuesto en los meses subsecuentes o mediante solicitud de devolución, y no contra otros impuestos como el Impuesto Sobre la Renta o impuestos retenidos.

Expediente
519/2019
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
13 nov 2019
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La compensación de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado sólo procede contra el mismo impuesto en los meses subsecuentes o mediante solicitud de devolución, y no contra otros impuestos como el Impuesto Sobre la Renta o impuestos retenidos.

Resumen

El presente extracto aborda la problemática de la compensación de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado (IVA) contra otros impuestos como el Impuesto Sobre la Renta (ISR) o impuestos retenidos. Se propone modificar el artículo 25, fracción VI, de la iniciativa para restringir la compensación al mismo impuesto, con el fin de evitar prácticas de evasión fiscal y mejorar el control administrativo. La tendencia creciente en las compensaciones de saldos a favor del IVA, incluso contra impuestos distintos, ha generado preocupación en la administración tributaria.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.