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219/2022SobreseeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

El sobreseimiento del juicio de amparo procede cuando, durante su tramitación, los efectos del acto reclamado cesan de manera definitiva, sin que sea necesario que el quejoso haya consentido dicho acto.

Expediente
219/2022
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
20 mar 2023
Materia
sin clasificar
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento del juicio de amparo procede cuando, durante su tramitación, los efectos del acto reclamado cesan de manera definitiva, sin que sea necesario que el quejoso haya consentido dicho acto.

Resumen

El presente asunto se relaciona con un militar que promovió juicio de amparo contra el auto de vinculación a proceso por deserción y la inconstitucionalidad del artículo 269, fracción V, del Código de Justicia Militar. Sin embargo, durante el trámite del juicio, el fiscal militar autorizó un criterio de oportunidad, lo que derivó en el sobreseimiento de la causa penal. La Suprema Corte determinó que esta situación actualiza la causal de improcedencia por cesación de efectos del acto reclamado, ya que el sobreseimiento de la causa penal extingue la acción penal y restituye al quejoso a su estado anterior, haciendo ocioso el estudio de constitucionalidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.