InvestigaciónDocumento
En línea
941/2015NiegaSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
PRIMERA SALA

La cancelación de un certificado de sello digital, como medida de apremio, no constituye un acto privativo de derechos, sino una medida provisional que permite al contribuyente desvirtuar irregularidades y obtener su restablecimiento.

Expediente
941/2015
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JORGE MARIO PARDO REBOLLEDO
Fecha
27 ene 2016
Materia
sin clasificar
Sentido
niega

Holding · resolución sintética

La cancelación de un certificado de sello digital, como medida de apremio, no constituye un acto privativo de derechos, sino una medida provisional que permite al contribuyente desvirtuar irregularidades y obtener su restablecimiento.

Resumen

El presente caso analiza la constitucionalidad del artículo 17-H, fracción X, inciso b) del Código Fiscal de la Federación, que faculta a la autoridad fiscal para dejar sin efectos el certificado de sello digital de un contribuyente. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que dicha medida no es un acto privativo de derechos, sino una herramienta provisional para asegurar el cumplimiento fiscal. Se consideró que el contribuyente tiene la oportunidad de desvirtuar las irregularidades detectadas y, de lograrlo, obtener el restablecimiento de su certificado, lo que impide considerarlo como un acto definitivo e irreparable.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.