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218/26-01-02-9ConcedeTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Baja California

La notificación de una resolución que impone sanciones, sin determinar contribuciones omitidas, debe realizarse de manera expedita para salvaguardar el principio de inmediatez y la seguridad jurídica del particular.

Expediente
218/26-01-02-9
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
9 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La notificación de una resolución que impone sanciones, sin determinar contribuciones omitidas, debe realizarse de manera expedita para salvaguardar el principio de inmediatez y la seguridad jurídica del particular.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa declaró la nulidad lisa y llana de una resolución que determinó un crédito fiscal por infracción a la Ley Aduanera. La nulidad se fundamentó en la violación al principio de inmediatez, ya que la notificación de la resolución ocurrió doce días después de su emisión, sin justificación legal. Se ordenó la devolución del pago indebido realizado por el actor, con la debida actualización e intereses.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.