La ampliación de las causas de impedimento en el juicio de amparo es procedente aun cuando el expediente se encuentre listo para su resolución, siempre que se cumplan los requisitos legales.
La empresa "A" solicitó la recusación de dos Ministras en un amparo directo en revisión, alegando causales de impedimento. Posteriormente, amplió dichas causas. El Ministro Presidente desechó la ampliación por considerar que el expediente ya estaba listo para resolverse. La Primera Sala determinó que, conforme a la jurisprudencia P./J. 7/2024 (11a.), las partes pueden ampliar las causas de impedimento en cualquier tiempo, siempre que cumplan los requisitos legales, por lo que el desechamiento fue ilegal.
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