El juicio contencioso administrativo federal en la vía sumaria es de naturaleza optativa para el actor, y su tramitación oficiosa por parte del Magistrado instructor, sin petición expresa del demandante, es ilegal e inconstitucional.
El Tribunal Colegiado concedió el amparo al considerar que el Magistrado instructor violó el procedimiento al tramitar un juicio contencioso administrativo en la vía sumaria sin que el actor lo hubiera solicitado expresamente. Se determinó que la vía sumaria es una opción para el demandante y no puede ser impuesta de oficio, ya que esto afecta las defensas del contribuyente y trasciende al resultado del fallo. El análisis histórico y legislativo confirma que el juicio sumario es una modalidad optativa y no obligatoria.
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