La falta de fundamentación y motivación en la determinación de la base de cotización de las cuotas obrero-patronales, al no citar la fracción aplicable del artículo 29 de la Ley del Seguro Social y explicar las razones específicas para su aplicación, genera la nulidad de la cédula de liquidación y la multa impuesta.
La Segunda Sala Regional del Noroeste I del TFJA resolvió un juicio de nulidad contra una cédula de liquidación y multa por omisión de cuotas obrero-patronales. El actor argumentó ilegalidad en la determinación de la base de cotización. La Sala determinó que la autoridad fiscal incurrió en falta de fundamentación y motivación al no citar la fracción correcta del artículo 29 de la Ley del Seguro Social ni explicar las razones específicas por las cuales aplicó ciertas fracciones a los trabajadores, lo que llevó a declarar la nulidad de los actos impugnados.
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