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2590/23-12-02-8OtroTFJA11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Puebla

La prescripción de un crédito fiscal, como figura jurídica sustantiva, opera por el mero transcurso del tiempo, extinguiendo la obligación del contribuyente y liberándolo de la deuda, siempre que no se actualicen las causas de interrupción o suspensión previstas en la ley.

Expediente
2590/23-12-02-8
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
5 mar 2025
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La prescripción de un crédito fiscal, como figura jurídica sustantiva, opera por el mero transcurso del tiempo, extinguiendo la obligación del contribuyente y liberándolo de la deuda, siempre que no se actualicen las causas de interrupción o suspensión previstas en la ley.

Resumen

El Tribunal determinó que la prescripción de un crédito fiscal es una figura sustantiva que extingue la obligación del contribuyente por el simple paso del tiempo, liberándolo de la deuda. Sin embargo, esta figura puede verse interrumpida o suspendida por actos específicos de cobro o por situaciones previstas en la ley. El análisis se centró en la interpretación del artículo 146 del Código Fiscal de la Federación y sus reformas, así como en las disposiciones transitorias, para establecer los plazos y condiciones bajo los cuales opera la prescripción, garantizando la seguridad jurídica del contribuyente.

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