La Suprema Corte de Justicia de la Nación determina que el artículo 17-F, párrafo tercero, del Código Fiscal de la Federación es inconstitucional por vulnerar el derecho a la autodeterminación informativa, al permitir que el Servicio de Administración Tributaria preste el servicio de verificación de identidad de usuarios a terceros sin el consentimiento de los titulares de la información y sin fines legales legítimos.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una acción de inconstitucionalidad promovida por el INAI contra diversas disposiciones fiscales. En cuanto al artículo 17-F, párrafo tercero, del Código Fiscal de la Federación, la Corte determinó que es inconstitucional. Se consideró que esta norma permite al SAT ofrecer servicios de verificación de identidad a terceros, lo cual viola el derecho a la autodeterminación informativa, ya que no se requiere el consentimiento de los titulares de los datos ni se limita a fines legales legítimos. Por otro lado, el artículo 137, párrafo primero, del mismo código, referente a las notificaciones, fue considerado constitucional.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.