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590/2025TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito

La Junta responsable debe tomar en consideración la manifestación del trabajador sobre la subsistencia de la relación laboral, sin limitarse a la distribución de cargas probatorias basada en la mala fe de la oferta de empleo, cuando la parte quejosa ha cumplido con las obligaciones probatorias que le imponen los artículos 813 y 815 de la Ley Federal del Trabajo.

Expediente
590/2025
Tribunal
Primer Tribunal Colegiado del Decimoséptimo Circuito
Ponente
Irma Batista Pacheco
Fecha
18 may 2026
Materia
laboral
Sentido

Holding · resolución sintética

La Junta responsable debe tomar en consideración la manifestación del trabajador sobre la subsistencia de la relación laboral, sin limitarse a la distribución de cargas probatorias basada en la mala fe de la oferta de empleo, cuando la parte quejosa ha cumplido con las obligaciones probatorias que le imponen los artículos 813 y 815 de la Ley Federal del Trabajo.

Resumen

El presente amparo se concedió para efectos, al considerar que la Junta responsable incurrió en una incorrecta apreciación de la prueba testimonial. Se determinó que la parte quejosa cumplió con sus obligaciones probatorias conforme a la Ley Federal del Trabajo, por lo que la Junta debió analizar la subsistencia de la relación laboral y no basarse únicamente en la mala fe de la oferta de empleo para determinar las cargas probatorias.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.