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2199/20-06-02-6NiegaTFJANiega · revoca acto11ª Época✓ Fuente verificada
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TFJA · Segunda Sala Regional en Nuevo León

La certificación de copias de documentos realizada por un servidor público, para tener valor probatorio pleno, debe contener la mención expresa de que concuerdan fiel y exactamente con los originales que se tuvieron a la vista, a fin de generar convicción sobre su exactitud.

Expediente
2199/20-06-02-6
Tribunal
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Ponente
Fecha
30 jun 2026
Materia
fiscal
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La certificación de copias de documentos realizada por un servidor público, para tener valor probatorio pleno, debe contener la mención expresa de que concuerdan fiel y exactamente con los originales que se tuvieron a la vista, a fin de generar convicción sobre su exactitud.

Resumen

El Tribunal Federal de Justicia Administrativa, en cumplimiento a una ejecutoria de amparo, analiza la validez de las certificaciones de documentos emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social. Se determina que, si bien la certificación realizada por un servidor público con competencia puede tener valor probatorio, para alcanzar el valor probatorio pleno, debe contener una mención expresa de que las copias corresponden fielmente a los originales cotejados, conforme a la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En el caso particular, la certificación analizada sí cumplió con estos requisitos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.