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4466/2024OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

La revisión adhesiva debe declararse sin materia cuando desaparece la condición a la que se sujeta el interés del adherente.

Expediente
4466/2024
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
JAVIER LAYNEZ POTISEK
Fecha
26 mar 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La revisión adhesiva debe declararse sin materia cuando desaparece la condición a la que se sujeta el interés del adherente.

Resumen

En atención a lo determinado en la ejecutoria, se considera innecesario el examen de los agravios contenidos en la revisión adhesiva. Esto se debe a que ha desaparecido la condición a la que se sujetaba el interés jurídico de la recurrente adhesiva, conforme a la jurisprudencia de rubro: “REVISIÓN ADHESIVA. DEBE DECLARARSE SIN MATERIA AL DESAPARECER LA CONDICIÓN A LA QUE SE SUJETA EL INTERÉS DEL ADHERENTE”.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.