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177/2026ConcedeJuzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el estado de Sinaloa, con residencia en Mazatlán· tema sin holding extraído

El procedimiento de revisión adolece de vicios, que contravienen lo establecido en el artículo 110, fracciones I, II, y V, en correlación con el diverso 107, ambos del RLIE, en virtud de que a la usuaria ahora parte actora, a) no se le entregó la orden de verificación; b) no se le dio oportunidad de señalar dos testigos al momento de levantar el acta de revisión respectiva; y, c) no se le brindó la oportunidad de esgrimir argumentos defensivos en el término de diez días que prevé la norma. Lo anterior, acarrea la ilegalidad de dicho procedimiento, por ende, resulta inválido; circunstancia que alcanza de igual manera al ajuste derivado del mismo.

Expediente
177/2026
Tribunal
Juzgado de Distrito en Materia Mercantil Federal en el estado de Sinaloa, con residencia en Mazatlán
Ponente
María del Pilar López Rueda
Fecha
19 may 2026
Materia
mercantil
Sentido
concede

Tema · autorreporte del tribunal

El procedimiento de revisión adolece de vicios, que contravienen lo establecido en el artículo 110, fracciones I, II, y V, en correlación con el diverso 107, ambos del RLIE, en virtud de que a la usuaria ahora parte actora, a) no se le entregó la orden de verificación; b) no se le dio oportunidad de señalar dos testigos al momento de levantar el acta de revisión respectiva; y, c) no se le brindó la oportunidad de esgrimir argumentos defensivos en el término de diez días que prevé la norma. Lo anterior, acarrea la ilegalidad de dicho procedimiento, por ende, resulta inválido; circunstancia que alcanza de igual manera al ajuste derivado del mismo.

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