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45/2026Juzgado11ª Época✓ Fuente verificada
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Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Veracruz

La procedencia del sobreseimiento en el juicio de amparo se actualiza cuando el juzgador advierte la inexistencia de los actos reclamados o la consumación irreparable de los mismos, o bien, cuando el quejoso no cumple con las cargas procesales que la ley le impone para la continuación del procedimiento.

Expediente
45/2026
Tribunal
Juzgado Decimocuarto de Distrito en el Estado de Veracruz
Ponente
Alejandrina Maldonado Martínez
Fecha
26 may 2026
Materia
penal
Sentido

Holding · resolución sintética

La procedencia del sobreseimiento en el juicio de amparo se actualiza cuando el juzgador advierte la inexistencia de los actos reclamados o la consumación irreparable de los mismos, o bien, cuando el quejoso no cumple con las cargas procesales que la ley le impone para la continuación del procedimiento.

Resumen

Se sobresee el juicio de amparo promovido por el quejoso contra los actos reclamados, al actualizarse las causas de improcedencia previstas en la Ley de Amparo. El juzgador determinó que los actos reclamados no existían o se habían consumado de manera irreparable, o que el quejoso no cumplió con las cargas procesales necesarias para la continuación del juicio.

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