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13/2021ConcedeTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

Las disposiciones que condicionan la realización de manifestaciones o eventos sociales a la obtención de un permiso o autorización previa municipal, así como aquellas que imponen multas por permitir el acceso a vendedores o limosneros en el transporte público, son inconstitucionales por violar los derechos a la libertad de expresión, de reunión y de no discriminación, respectivamente.

Expediente
13/2021
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
14 feb 2022
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

Las disposiciones que condicionan la realización de manifestaciones o eventos sociales a la obtención de un permiso o autorización previa municipal, así como aquellas que imponen multas por permitir el acceso a vendedores o limosneros en el transporte público, son inconstitucionales por violar los derechos a la libertad de expresión, de reunión y de no discriminación, respectivamente.

Resumen

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos promovió una acción de inconstitucionalidad contra diversas Leyes de Ingresos de municipios de Sonora para el ejercicio fiscal 2021. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió que las normas que exigen permisos previos para manifestaciones y eventos sociales son inconstitucionales por limitar la libertad de expresión y reunión. Asimismo, declaró inconstitucionales las disposiciones que imponen multas a operadores de transporte público por permitir el acceso a vendedores o limosneros, al considerar que constituyen una discriminación basada en categorías sospechosas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.