La improcedencia del juicio de inconformidad se actualiza cuando el promovente no acredita haber contendido como persona candidata en la elección impugnada, conforme a los listados oficiales emitidos por la autoridad electoral competente.
El juicio de inconformidad se declaró improcedente al no existir constancia alguna de que el promovente, Israel Alejandro Gómez Espinosa, hubiera contendido como candidato en la elección de magistraturas de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. El acuerdo del Instituto Nacional Electoral que aprobó el listado de candidatos y ordenó la impresión de boletas no incluyó al actor, lo que evidencia su falta de participación en el proceso electoral impugnado.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.