La revisión adhesiva debe desecharse cuando el recurso de revisión principal es improcedente, dado que la adhesión sigue la suerte procesal de este último y, al subsistir el fallo que beneficia al adherente, este último carece de interés para mejorar la resolución que le es favorable.
La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió una contradicción de tesis entre Tribunales Colegiados respecto al pronunciamiento que debe darse a la revisión adhesiva cuando el recurso de revisión principal es improcedente. Los tribunales coincidieron en que la adhesión sigue la suerte del recurso principal, pero divergieron en si debía declararse sin materia o desecharse. La Sala determinó que, al ser improcedente el recurso principal, subsiste el fallo que beneficia al adherente, quien pierde el interés de mejorar la resolución, lo que actualiza la improcedencia de la adhesión y conduce a su desechamiento.
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