La Suprema Corte de Justicia de la Nación no es la instancia competente para conocer de recursos de reclamación interpuestos contra autos que admitan o desechen el recurso de revisión en amparo indirecto, pues dicha competencia recae en el tribunal colegiado de circuito.
El presente asunto se relaciona con un recurso de reclamación interpuesto por un particular en contra de un auto que admitió o desechó el recurso de revisión en un juicio de amparo indirecto. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que no es la vía correcta para resolver este tipo de inconformidades, ya que la competencia para conocer de ellas recae en los tribunales colegiados de circuito, conforme a las disposiciones legales aplicables.
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