InvestigaciónDocumento
En línea
1219/2021TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, en su carácter de ordinario

El sobreseimiento decretado en el juicio de amparo es correcto cuando el quejoso no acredita su interés jurídico para impugnar la inconstitucionalidad de un decreto.

Expediente
1219/2021
Tribunal
Cuarto Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Primera Región, en su carácter de ordinario
Ponente
Irma Rodríguez Franco
Fecha
8 jun 2023
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

El sobreseimiento decretado en el juicio de amparo es correcto cuando el quejoso no acredita su interés jurídico para impugnar la inconstitucionalidad de un decreto.

Resumen

El tribunal colegiado modificó la sentencia recurrida para sobreseer en el juicio de amparo, al considerar que el quejoso no demostró tener un interés jurídico que le permitiera impugnar la constitucionalidad de un decreto. Asimismo, declaró sin materia el recurso de revisión adhesiva interpuesto por el Presidente de la República, confirmando la decisión de sobreseimiento.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.