La invalidez de las fracciones de una Ley de Ingresos Municipal que regulan la materia de hidrocarburos, al ser esta competencia exclusiva de la Federación, debe declararse.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaró la invalidez de las fracciones XXII y XXIII del artículo 17 de la Ley de Ingresos del Municipio de Frontera, Coahuila, para el ejercicio fiscal 2024. La controversia se centró en que dichas fracciones invadían la esfera de competencia exclusiva de la Federación en materia de hidrocarburos, contraviniendo los artículos 25, 27 y 73, fracción X de la Constitución Federal. La presentación de la demanda fue considerada oportuna.
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