La determinación de la autoridad fiscal de no concluir una visita domiciliaria constituye una resolución definitiva que genera un agravio y, por tanto, es impugnable ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.
La no conclusión de una visita domiciliaria por parte de la autoridad fiscal, aun cuando no culmine en un crédito fiscal, es una resolución definitiva que genera un agravio al contribuyente. Este agravio se materializa en una afectación al derecho de intimidad e inviolabilidad del domicilio, permitiendo una fiscalización permanente. Por lo tanto, dicha determinación es impugnable ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa, al tratarse de un acto de molestia que vulnera derechos fundamentales.
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