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15/2025SobreseeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El interés jurídico o legítimo para impugnar los resultados de una elección y la validez de la misma, requiere la calidad de candidato o contendiente en el proceso electoral correspondiente.

Expediente
15/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
YASMÍN ESQUIVEL MOSSA
Fecha
12 ago 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
sobresee

Holding · resolución sintética

El interés jurídico o legítimo para impugnar los resultados de una elección y la validez de la misma, requiere la calidad de candidato o contendiente en el proceso electoral correspondiente.

Resumen

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la improcedencia de un medio de impugnación electoral al no acreditarse el interés jurídico o legítimo del actor. Se estableció que, al no haber contendido como candidato en la elección, carecía de legitimación para controvertir el cómputo nacional, la declaración de validez y la entrega de constancias de mayoría.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.