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313/2023OtroTCC11ª Época✓ Fuente verificada
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SJF · Ejecutoria

La negativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de afectar participaciones federales para el pago directo de recursos omitidos a un municipio, cuando dicha negativa se basa en la interpretación de normas secundarias y no en una invasión directa de competencias constitucionales, no es materia de controversia constitucional, sino de legalidad.

Expediente
313/2023
Tribunal
Gaceta del Semanario Judicial de la Federación
Ponente
Fecha
20 oct 2025
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La negativa de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de afectar participaciones federales para el pago directo de recursos omitidos a un municipio, cuando dicha negativa se basa en la interpretación de normas secundarias y no en una invasión directa de competencias constitucionales, no es materia de controversia constitucional, sino de legalidad.

Resumen

El Municipio de Acayucan promovió controversia constitucional contra el Poder Ejecutivo Federal, impugnando un oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que negó afectar las participaciones federales del Estado de Veracruz para que la Federación pagara directamente recursos omitidos al municipio. El municipio argumentó que esta negativa violaba su autonomía hacendaria. Sin embargo, la Suprema Corte determinó que la negativa se basaba en la interpretación de leyes secundarias y no constituía una invasión directa de la esfera de competencia constitucional del municipio. Por lo tanto, la controversia constitucional se declaró improcedente al tratarse de un asunto de legalidad y no de constitucionalidad.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.