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458/2011OtroSCJN10ª Época✓ Fuente verificada
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SEGUNDA SALA

El resultado fiscal consolidado se determina mediante la suma de los resultados fiscales de las sociedades que integran el grupo, y la sociedad controladora tiene la obligación de enterar el impuesto diferido que se genere con motivo de la consolidación en el sexto ejercicio fiscal posterior a aquel en que se realizó.

Expediente
458/2011
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
MARGARITA BEATRIZ LUNA RAMOS
Fecha
19 nov 2014
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El resultado fiscal consolidado se determina mediante la suma de los resultados fiscales de las sociedades que integran el grupo, y la sociedad controladora tiene la obligación de enterar el impuesto diferido que se genere con motivo de la consolidación en el sexto ejercicio fiscal posterior a aquel en que se realizó.

Resumen

La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la mecánica para determinar el resultado fiscal consolidado bajo el régimen de consolidación fiscal, así como la obligación de las sociedades controladoras de enterar el impuesto diferido. Se destaca que la reforma de 2010 buscó evitar el diferimiento indefinido del pago del ISR, que representaba un sacrificio fiscal para el erario. La resolución aborda la aplicación de diversos artículos de la Ley del ISR y sus disposiciones transitorias en relación con la consolidación fiscal y el pago de impuestos diferidos.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.