La regla 7.2.7 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018 es aplicable a los contribuyentes que cuentan con el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS, aun cuando también posean el Programa IMMEX, sin que ello implique la inaplicación de las disposiciones específicas de este último.
La quejosa impugnó la regla 7.2.7 de las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2018 y un crédito fiscal determinado por el SAT. Argumentó que la regla es inconstitucional y genera incertidumbre jurídica al no prever el procedimiento para quienes, además de contar con el Esquema de Certificación de Empresas (IVA e IEPS), también tienen el Programa IMMEX. La Suprema Corte determinó que la regla impugnada sí es aplicable a quienes cuentan con ambos programas, sin que esto anule las disposiciones del IMMEX, y que el plazo de 60 días para destinar la mercancía es válido.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.