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Primer Tribunal Unitario del Quinto Circuito (2/4/2001 - 15/11/2022)

La absolución del delito de contrabando presunto procede cuando no se demuestra la responsabilidad penal del sentenciado en la comisión de dicho ilícito, lo que conlleva a dejar insubsistente la condena impuesta y la condición de garantía o pago del adeudo fiscal para acceder a la condena condicional.

Expediente
434/2012
Tribunal
Primer Tribunal Unitario del Quinto Circuito (2/4/2001 - 15/11/2022)
Ponente
Pablo Antonio Ibarra Fernández
Fecha
19 sep 2012
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La absolución del delito de contrabando presunto procede cuando no se demuestra la responsabilidad penal del sentenciado en la comisión de dicho ilícito, lo que conlleva a dejar insubsistente la condena impuesta y la condición de garantía o pago del adeudo fiscal para acceder a la condena condicional.

Resumen

El Primer Tribunal Unitario del Quinto Circuito modificó una sentencia previa, absolviendo a José Manuel Ayala Valenzuela del delito de contrabando presunto. El tribunal determinó que no existían pruebas suficientes para acreditar la responsabilidad penal del sentenciado en la comisión de dicho ilícito, regulado en el Código Fiscal de la Federación. En consecuencia, se dejó insubsistente la condena de tres meses de prisión y la condición de garantía o pago del adeudo fiscal que se había impuesto para acceder al beneficio de la condena condicional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.