La Suprema Corte de Justicia de la Nación declara la invalidez de diversas porciones normativas de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí, al contravenir el derecho a la libre concurrencia y competencia económica.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la controversia constitucional 134/2019, declarando la invalidez de varios artículos de la Ley de Transporte Público del Estado de San Luis Potosí. Específicamente, se invalidaron porciones normativas que imponían requisitos como tener domicilio social y fiscal en el estado, una distancia mínima entre ejes de vehículos, y un valor factura mínimo, así como otras disposiciones restrictivas. La Corte determinó que estas normas contravenían el derecho a la libre concurrencia y competencia económica, al establecer barreras de entrada y operación para las empresas de redes de transporte.
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