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395/2024TCC11ª Época✓ Fuente verificada
Verificado contra fuente oficial
Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito

La incongruencia de una sentencia se actualiza cuando el órgano jurisdiccional no resuelve todas las pretensiones planteadas por las partes, o las resuelve de manera contradictoria.

Expediente
395/2024
Tribunal
Quinto Tribunal Colegiado del Décimo Quinto Circuito
Ponente
Rubén David Aguilar Santibáñez
Fecha
4 sep 2025
Materia
administrativa
Sentido

Holding · resolución sintética

La incongruencia de una sentencia se actualiza cuando el órgano jurisdiccional no resuelve todas las pretensiones planteadas por las partes, o las resuelve de manera contradictoria.

Resumen

El presente asunto resuelve un juicio de amparo indirecto promovido por CD Metales Internacional, S. de R.L. de C.V., contra una sentencia dictada por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa. El tribunal colegiado determinó que la sentencia reclamada era incongruente al no abordar todas las pretensiones planteadas por la parte actora, lo cual contraviene los principios de exhaustividad y congruencia que deben regir toda resolución judicial. Por lo anterior, se negó el amparo solicitado, pues la resolución del tribunal de origen deberá ser revisada para subsanar la incongruencia.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.