Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito· tema sin holding extraído
Prescripción adquisitiva.
Elementos que deben acreditarse en términos de la jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con registro digital 208083.
En resumen son:
I. Que el acto traslativo tuvo lugar, acompañando pruebas que demuestren que se tenían bases objetivas para creer que el enajenante podía disponer del bien.
II. Si fue oneroso (el criterio también habla de gratuitos, pero este asunto versó respecto de uno oneroso), justificar que se hicieron pagos.
III. Fecha de celebración del acto en forma fehaciente.
IV. Acreditar haber poseído con el aludido "justo título" (ahora definido como traslativo de dominio imperfecto); de forma pacífica, pública, continua y, en lo que al caso particular atañe, durante cinco años.
Expediente
740/2023
Tribunal
Tercer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Decimoséptimo Circuito
Ponente
Edith Viveros González
Fecha
3 abr 2025
Materia
civil
Sentido
concede
Tema · autorreporte del tribunal
Prescripción adquisitiva.
Elementos que deben acreditarse en términos de la jurisprudencia de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación con registro digital 208083.
En resumen son:
I. Que el acto traslativo tuvo lugar, acompañando pruebas que demuestren que se tenían bases objetivas para creer que el enajenante podía disponer del bien.
II. Si fue oneroso (el criterio también habla de gratuitos, pero este asunto versó respecto de uno oneroso), justificar que se hicieron pagos.
III. Fecha de celebración del acto en forma fehaciente.
IV. Acreditar haber poseído con el aludido "justo título" (ahora definido como traslativo de dominio imperfecto); de forma pacífica, pública, continua y, en lo que al caso particular atañe, durante cinco años.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.