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5/2023ConcedeSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

La información confidencial, en términos del artículo 78 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, no comprende aquella que involucre el ejercicio de recursos públicos, la cual debe ser accesible.

Expediente
5/2023
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
ALBERTO PÉREZ DAYÁN
Fecha
2 jul 2024
Materia
sin clasificar
Sentido
concede

Holding · resolución sintética

La información confidencial, en términos del artículo 78 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, no comprende aquella que involucre el ejercicio de recursos públicos, la cual debe ser accesible.

Resumen

El caso aborda la interpretación del concepto de información confidencial en el contexto de la seguridad nacional y el derecho a la información. Se establece que, si bien existen secretos bancarios, fiduciarios, industriales, comerciales, fiscales, bursátiles y postales que son confidenciales, esta confidencialidad no aplica cuando la información involucra el ejercicio de recursos públicos. En tales casos, prevalece el derecho a la transparencia y el acceso a la información, garantizado por el Estado.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.