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SJF · Tesis

La multa por la infracción al artículo 81, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, cuando un acto u omisión actualiza diversas hipótesis de dicho precepto, sólo será la que resulte mayor, conforme al artículo 75, fracción V, del mismo ordenamiento.

Expediente
Tribunal
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Ponente
Fecha
1 oct 2011
Materia
administrativa
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

La multa por la infracción al artículo 81, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, cuando un acto u omisión actualiza diversas hipótesis de dicho precepto, sólo será la que resulte mayor, conforme al artículo 75, fracción V, del mismo ordenamiento.

Resumen

El presente criterio establece que en caso de que una conducta del contribuyente actualice varias hipótesis de infracción previstas en el artículo 81, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, la autoridad fiscal solo podrá imponer la multa de mayor cuantía. Esto se fundamenta en el artículo 75, fracción V, del mismo ordenamiento, que dispone que cuando un acto u omisión infrinja diversas disposiciones, se aplicará únicamente la multa mayor, y no la suma de varias multas.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.