El recurso de revisión fiscal procede contra sentencias del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que declaran la nulidad de un acto administrativo por vicios formales, cuando la nulidad se funde en la ilegalidad de la notificación del acta final de visita domiciliaria por haber concluido fuera del plazo legal.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analiza la procedencia del recurso de revisión fiscal contra sentencias del Tribunal Federal de Justicia Administrativa que anulan actos administrativos por vicios formales. Se determina que dicho recurso sí procede cuando la nulidad se basa en la ilegalidad de la notificación del acta final de una visita domiciliaria, debido a que esta concluyó fuera del plazo establecido en el artículo 46-A del Código Fiscal de la Federación. Varios tribunales colegiados habían desechado estos recursos, pero la Corte establece el criterio para su procedencia.
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