La facultad de imponer sanciones por infracciones a la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles en el Distrito Federal, aunque ejercida por la Tesorería local, es de carácter delegado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por lo que la revisión fiscal de las multas impuestas se rige por el decreto que establece los supuestos de procedencia de la revisión, en función de la cuantía del negocio.
La Tesorería del Distrito Federal impuso una multa por infracción a la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles. Sin embargo, esta facultad sancionatoria no es propia de la Tesorería, sino delegada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Por lo tanto, la revisión fiscal de dichas multas debe atender a las disposiciones del decreto que regula la revisión fiscal, específicamente en cuanto a la cuantía del negocio jurídico, y no a otras normativas.
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