La Suprema Corte de Justicia de la Nación no es competente para conocer de recursos de revisión en amparo directo que versen sobre cuestiones de mera legalidad, como la valoración probatoria o la configuración de los elementos del tipo penal y sus calificativas.
El quejoso impugnó una sentencia de amparo directo, argumentando violaciones al debido proceso, presunción de inocencia e in dubio pro reo, así como una incorrecta interpretación del Protocolo de Minnesota respecto a la exclusión de pruebas ilícitas. Sin embargo, la Suprema Corte determinó que los argumentos del recurrente se limitaban a cuestiones de legalidad, como la valoración de pruebas y la configuración de delitos, y no planteaban una cuestión de constitucionalidad o interpretación directa de normas constitucionales o de tratados internacionales. Por lo tanto, el recurso de revisión no cumplía con los requisitos de procedencia establecidos en la Constitución y la Ley de Amparo.
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