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6216/2025OtroSCJN11ª Época✓ Fuente verificada
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PLENO

El recurso de revisión en amparo directo es improcedente cuando no se actualizan los requisitos de procedencia establecidos en la Constitución y la Ley de Amparo, como la decisión sobre la constitucionalidad de normas generales o la interpretación directa de preceptos constitucionales.

Expediente
6216/2025
Tribunal
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Ponente
GIOVANNI AZAEL FIGUEROA MEJÍA
Fecha
26 mar 2026
Materia
sin clasificar
Sentido
otro

Holding · resolución sintética

El recurso de revisión en amparo directo es improcedente cuando no se actualizan los requisitos de procedencia establecidos en la Constitución y la Ley de Amparo, como la decisión sobre la constitucionalidad de normas generales o la interpretación directa de preceptos constitucionales.

Resumen

El presente asunto se refiere a un amparo directo en revisión interpuesto contra una sentencia de un Tribunal Colegiado que negó el amparo solicitado. La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó desechar el recurso de revisión al no actualizarse los requisitos de procedencia previstos en los artículos 107, fracción IX, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 81, fracción II, y 96 de la Ley de Amparo; y 16, fracción IV, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Esto se debe a que la sentencia impugnada no decidió sobre la constitucionalidad de normas generales ni estableció la interpretación directa de un precepto constitucional.

Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.