La procedencia del recurso de revisión en amparo directo se actualiza cuando subsiste el problema de constitucionalidad de normas generales, o bien, cuando la resolución del recurso pudiera implicar el establecimiento de un criterio de importancia y trascendencia, sin que sea necesario que el tribunal colegiado haya abordado el fondo del asunto.
El presente asunto se relaciona con un amparo directo en revisión donde el quejoso impugnó la inconstitucionalidad de diversos artículos del Código Federal de Procedimientos Civiles y del Código de Procedimientos Civiles para el Distrito Federal. El Tribunal Colegiado negó el amparo al considerar inoperantes los planteamientos. Sin embargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que el recurso de revisión es procedente si subsiste un problema de constitucionalidad o si la resolución puede establecer un criterio de importancia y trascendencia, aun cuando el tribunal colegiado no haya analizado el fondo.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.