El derecho a la participación pública en decisiones ambientales relevantes se actualiza cuando se alega la omisión total o parcial de dicho proceso participativo, en un contexto normativo que potencialmente genera impactos significativos en el medio ambiente, siendo procedente el juicio de amparo para su análisis.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó la procedencia del amparo contra la Ley de Agua Potable de Querétaro, determinando que, si bien la ley no involucra decisiones ambientales directas según el tribunal de origen, la alegada omisión de consulta pública previa puede afectar el derecho a la participación en decisiones ambientales relevantes. Se consideró que el interés legítimo de los recurrentes se actualiza por ser residentes del estado y reclamar una transgresión a su derecho al agua. Finalmente, se señaló que las omisiones alegadas cesaron con la reforma de abril de 2024, la cual incorporó mecanismos de participación ciudadana en la planeación hídrica.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.