La Ley Forestal no prevé la imposición de multas por la sola infracción a su Reglamento.
La Ley Forestal, en su texto original, no establecía la posibilidad de imponer multas por la simple contravención a su Reglamento. Las sanciones pecuniarias debían estar expresamente contempladas en la ley para ser aplicables, y la remisión genérica al reglamento no era suficiente para justificar una multa. Por lo tanto, las multas impuestas basándose únicamente en el reglamento carecían de sustento legal.
Vista sintética de los datos extraídos. El texto íntegro está en la pestaña de la fuente oficial.